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Asociación Red de Emisoras Comunitarias del Magdalena Medio – AREDMAG

San Vicente de Chucurí, Santander,  14 de noviembre de 2025.

Participación de AREDMAG con ponencia en Audiencia Pública sobre el Proyecto de Ley 013 de 2025 para el fortalecimiento de la Radio Comunitaria en Colombia

El pasado 13 de noviembre, en el marco de la audiencia pública convocada por la Comisión Sexta del Senado de la República para debatir el Proyecto de Ley 013 de 2025, el PhD Orley Durán Gutiérrez —director de proyectos de AREDMAG— presentó una ponencia técnica y política sobre el uso del espectro radioeléctrico y la potencia asignada a las emisoras comunitarias en Colombia.

La intervención, respaldada por datos oficiales del MINTIC y la ANE, evidenció una profunda asimetría estructural: aunque las emisoras comunitarias representan el 55.7% del total en FM, solo cuentan con el 3.8% de la potencia asignada. Esta inequidad limita su cobertura territorial, sostenibilidad técnica y derecho a la comunicación.

Principales hallazgos técnicos:

•             Total emisoras FM en Colombia: 1.421

•             Emisoras comunitarias (Clase D): 792

•             Potencia total asignada en FM: 4.538,84 kW

•             Potencia para emisoras comunitarias: 172.11 kW (3.8%)

•             Potencia para emisoras comerciales y públicas: 4.366,73 kW (96.2%)

Comparativo regional:

Se expusieron casos de Argentina, Bolivia y Honduras donde las emisoras comunitarias operan con potencias superiores a 1 kW, demostrando que la equidad técnica es viable y necesaria para garantizar pluralismo informativo y sostenibilidad.

Propuestas normativas presentadas:

1.            Neutralidad técnica en la asignación de clase y potencia.

2.            Prohibición del canal compartido entre emisoras comunitarias vecinas.

3.            No asignación de dos o más frecuencias de radio comunitaria en municipios de categoría 3, 4, 5 6.

4.            Acceso a clase C para organizaciones comunitarias regionales o nacionales que deseen una licencia de radio comunitaria.

5.            Reconocimiento del derecho al enlace, encadenamiento en red de forma permanente o esporádica.

6.            Reordenamiento del espectro en capitales y distritos, garantizando frecuencias exclusivas y potencias adecuadas.

Conclusión:

La potencia no es un privilegio, sino un parámetro técnico esencial. La ley debe corregir la inequidad estructural y reconocer a las emisoras comunitarias como actores legítimos del sistema de medios, con derechos técnicos plenos.

Invitamos a todas las redes, colectivos y emisoras comunitarias del país a difundir estos aportes, fortalecer el debate y exigir una legislación transformadora que garantice el derecho a la comunicación desde y para las comunidades.

Ver ponencia presentada, Clic Aquí!

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